Marco competencial
Esta medida se enmarca en las competencias autonómicas, al amparo del artículo 14 de la Ley 27/1997, de 26 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, establece que la regulación singular de cada tasa debe incorporar, en su caso, las exenciones y demás beneficios fiscales que le resulten aplicables.
Exención
- La citada Ley reguladora de Tasas y Precios regula la tasa por derechos de examen para la selección del personal al servicio de la Comunidad de Madrid, cuyo hecho imponible es la actividad administrativa derivada de la inscripción en las convocatorias para la selección del personal de la Comunidad de Madrid, tanto en la condición de funcionario como en la de laboral.
- La medida descrita en esta ficha consiste en otorgar a las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 una exención total del pago del tributo, con el fin de favorecer de manera activa y real el acceso a determinados servicios públicos de las personas con discapacidad.
Referencia normativa
Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid. BOCM de 29 de octubre de 2002.
http://www.madrid.org/ICMdownload/AZUWHA.pdf